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Iniciativa para regular prestaciones de repartidores de apps

La presidenta Claudia Sheinbaum presentó una iniciativa para que los trabajadores de plataformas digitales tengan acceso a seguro social, utilidades, vacaciones, aguinaldo.

La presidenta Claudia Sheinbaum cumplió su promesa y envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo, para que trabajadores de las plataformas digitales, como Uber Eats, Rappi, DidiFood, entre otras, tengan acceso a derechos laborales.


La propuesta es una reforma que incluye el acceso de estos trabajadores a seguridad social, vivienda, el derecho a recibir utilidades de las empresas, aguinaldo, vacaciones y otras prestaciones.


Argumenta que se busca formalizar y regular la relación laboral entre empresas que prestan servicios de transporte, entrega de comida y envíos por aplicaciones, y sus trabajadores, en un modelo de contratación flexible, que al mismo tiempo “asegura la sostenibilidad del modelo de negocio”.


La iniciativa modifica los artículos 49, 50, 127 y 997 de la Ley Federal del Trabajo, que establece, entre otras propuestas, ofrecer a los trabajadores un régimen de derechos sociales con garantías laborales, de salud y vivienda.


La reforma, que se turnó a la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara Baja para su análisis, también contiene que, por la naturaleza de este tipo de empleo, la relación laboral será flexible y discontinuo y que el pago del salario será por el tiempo efectivamente laborado.


Plantea que su sueldo se pagará “por servicio, obra o trabajo realizado”, y que el tiempo de trabajo destinado para la plataforma será definido por el trabajador.


Sugiere que el salario además considerará el pago proporcional por día de descanso semanal, vacaciones y aguinaldo; prevé el pago de utilidades, siempre y cuando acumulen al menos 48 horas efectivas de trabajo a la semana, según el cálculo previsto en la iniciativa.


También ofrece libertad de afiliación sindical. Señala que al ser una reforma a la Ley Federal del Trabajo, se debe garantizar a los trabajadores sus derechos colectivos de afiliación sindical.


Incluye además obligaciones para las empresas, como registrar a sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, realizar las aportaciones al Infonavit, retener y enterar los impuestos y entregar un desglose de pagos a sus empleados.


Contempla la definición de trabajadores por aplicación a quienes “presten servicios personales, remunerados y subordinados, bajo el mando y supervisión de la plataforma digital de una persona física o moral”.


También, plantea a este tipo de trabajo como “una relación laboral subordinada para el desempeño de actividades remuneradas que requieran la presencia física de la persona trabajadora para la prestación del servicio.


Éstas “son gestionadas por una persona física o moral en favor de terceros a través de una plataforma digital, utilizando las tecnologías de la información y la comunicación para ejercer el mando y la supervisión sobre la persona trabajadora”.


La iniciativa incluye un cálculo del tiempo efectivamente trabajado, como base para definir el salario y las prestaciones. Además, plantea que, en promedio, las personas trabajadoras de este sector realizan 45 minutos de trabajo efectivo por cada hora laborada y los otros 15 minutos son periodos de espera.


Señala que “esto resulta en un factor de productividad de 0.75 horas efectivas por cada hora trabajada… métrica esencial para entender la naturaleza del tiempo laboral en dichas plataformas y provee una base para evaluar adecuadamente las contribuciones laborales de los trabajadores en este sector emergente”.


Fuentes: El Financiero, Gobierno de México, Expansión

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