El Tribunal Electoral determinó que, al usar el logo del INE en diversas publicaciones, Xóchitl Gálvez violó los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda.
Por unanimidad de votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada en la que se determinó que la excandidata presidencial, Xóchitl Gálvez, vulneró las reglas de propaganda electoral al incluir en diversas publicaciones el logotipo del Instituto Nacional Electoral (INE).
“Se propone confirmar la sentencia impugnada al estimarse que la Sala Especializada de este Tribunal Electoral sí resultaba competente para conocer de la sentencia al haberse denunciado la publicación de una candidata a la presidencia de la República en el marco de las campañas electorales”, señala el proyecto de la magistrada Mónica Soto Fregoso, presidenta del Tribunal Electoral, que fue votados por todas y todos los magistrados de la Sala Superior.
El Tribunal Electoral determinó que, al usar el logo del INE en diversas publicaciones, Xóchitl Gálvez violó los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda, mientras que los integrantes de la coalición Fuerza y Corazón por México tuvieron una falta al deber de cuidado.
Durante la campaña, la entonces candidata presidencial Gálvez Ruiz utilizó los logos del INE como “ejemplo” de una posible campaña para prohibir el uso de programas sociales durante la elección, publicaciones que fueron denunciadas ante el órgano electoral.
Por este motivo, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral impuso una multa a la candidata presidencial de 21 mil pesos, así como una infracción a la alianza PAN-PRI-PRD de 10 mil pesos, sentencias que fueron impugnadas por Xóchitl Gálvez y el PAN.
Fuentes: Animal Político, La Jornada, Gaceta de Tamaulipas
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